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Nos Enfocamos En Inmigración

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PETICIONES FAMILIARES

Ciudadanos americanos y residentes permanentes cuentan con diversas opciones para emigrar a sus familiares (cónyuges, hijos, hermanos o prometida) a los Estados Unidos.

  • Ajuste de estatus para las personas que se encuentran en EE. UU.

  • Proceso Consular para las personas radicando fuera de EE. UU.

  • Visas para Prometida (K-1)

  • Residencia permanente para viudas de ciudadanos americanos

  • Registro de nacimiento en el extranjero (ciudadanía automática)

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Debido a que cada caso cuenta con circunstancias únicas, nuestro despacho dedica una atención personalizada a nuestros clientes para así comprender las circunstancias particulares de cada caso.

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Contáctenos para agendar una consulta y obtener información de como tramitar una solicitud de residencia permanente para su familiar.

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Para mas información:

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BENEFICIO DE VAWA PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA

¿Qué es VAWA?

En base a la Ley Federal de Violencia Contra las Mujeres (VAWA), usted puede ser elegible para presentar una solicitud de residencia si ha sido víctima de abuso por parte de un familiar cercano que sea ciudadano estadounidense o un residente permanente.

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¿Qué tengo que demostrar para poder presentar una solicitud de VAWA?

  • Debe demostrar que es cónyuge, padre o hijo del abusador y que es una persona de buena moral. Los actos que hacen elegible a una persona no tenga buena moral incluyen ciertos antecedentes penales, como felonías. Debe demostrar que fue sometido a “agresión o crueldad extrema” por parte de un ciudadano estadounidense o un residente permanente durante la relación.

 

¿Los hombres son elegibles para presentar una solicitud de VAWA?

  • Sí. Cualquier persona puede presentar una solicitud de VAWA siempre que cumpla con los requisitos que establezca la ley.

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¿Qué se considera abuso?

No se requiere abuso físico para presentar una solicitud VAWA. Una persona puede calificar para VAWA y satisfacer el requisito de crueldad extrema si nunca ha padecido ninguna agresión física. Además, no es necesario haber denunciado el abuso a la policía ni tener un proceso penal contra el abusador para que el abuso sea elegible. Los actos de agresión o crueldad extrema incluyen, entre otros:

  • Golpear, escupir, patear, abusar sexualmente, abofetear, morder, asfixiar.

  • Amenazar con hacer daño a la víctima.

  • Intimidar, degradar, culpar o avergonzar.

  • Abuso o control económico, negando el acceso a alimentos, educación, familia o tratamiento médico.

  • Aislamiento social, controlando qué hace la persona y con quién ve o habla.

  • Control o amenazas a su estatus migratorio, es decir, amenazas de deportación.

  • Celos y acoso.

  • Abuso verbal, emocional o psicológico.

             

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Para Mas información:

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RENOVACIÓN DACA

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) establece que puede solicitar una renovación de DACA si cumplió con los requisitos iniciales de DACA del 2012 y además:

  • No salió de los Estados Unidos a partir del 15 de agosto de 2012 sin el permiso de salida correspondiente.

  • Haber vivido continuamente en los Estados Unidos desde que presentó su solicitud DACA más reciente que fue aprobada y.

  • No haber sido condenado por un delito grave, un delito menor o tres o más delitos menores, y no representar de otra manera una amenaza a la seguridad nacional o pública misdemeanors, and do not otherwise pose a threat to national security or public safety.

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Para mas información:

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PERDONES MIGRATORIOS

Durante un proceso de residencia permanente, una persona puede ser declarada inadmisible y, como resultado, no se le permitirá ingresar o permanecer en los EE. UU. Los motivos más comunes de inadmisibilidad incluyen:

  • Inadmisibilidad por motivos de salud

  • Inadmisibilidad por antecedentes penales

  • Inadmisibilidad por razones de seguridad nacional

  • Inadmisibilidad por probabilidad de convertirse en carga pública

  • Inadmisibilidad por falta de una certificación laboral

  • Inadmisibilidad por deportaciones previas y/o presencia ilegal

  • Inadmisibilidad por fraude o falso testimonio

  • Otros motivos de inadmisibilidad

 

Un perdón migratorio permite a los solicitantes elegibles la oportunidad de completar su proceso de residencia permanente (es decir, visa de inmigrante, ajuste de estatus, etc.).

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Para mas información:

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CIUDADANÍA

La ciudadanía es la última etapa en el proceso de inmigración. Si ha sido residente permanente de los EE. UU. y ahora desea convertirse en ciudadano estadounidense, nuestro despacho lo guiará a través de este complejo proceso.

 

Para ser elegible para solicitar la ciudadanía por naturalización en los Estados Unidos, debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Tener al menos 18 años al momento de presentar la solicitud (excepto miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los EE. UU.).

  • Ser residente permanente de los Estados Unidos por el período requerido por la ley.

  • Demostrar un conocimiento básico de la historia y el gobierno de los EE. UU. (también conocido como “examen de civismo”), así como capacidad para leer, escribir, hablar y comprender inglés básico.

  • Debe demostrar que ha tenido "buena moral" durante el período requerido por ley. Varias acciones pueden afectar cumplir con el requisito de buena moral, esto incluye ciertos tipos de delitos, tráfico de personas ilegales, embriaguez habitual, poligamia y más.

  • Hacer un juramento de lealtad a los Estados Unidos.

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Para más información:

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INMIGRACIÓN BASADA EN EL EMPLEO (PERM)

El proceso de residencia basado en el empleo se divide en dos etapas:

  • Certificación Laboral (PERM)

El proceso conocido como PERM es el sistema utilizado por las empresas estadounidenses para presentar una petición de residencia permanente para un empleado extranjero. La solicitud se presenta electrónicamente ante el Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL). Este proceso requiere una serie de pasos, incluyendo el proceso de reclutamiento para demostrar que no se encontraron trabajadores calificados (ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes) para el puesto. Una vez que el DOL (Departamento de Trabajo) aprueba la solicitud PERM, se puede presentar una petición ante USCIS.

  • Presentar una petición de inmigrante ante USCIS

Una vez que el DOL apruebe la solicitud PERM. La empresa estadounidense presenta una petición de inmigrante para el trabajador extranjero. Si el trabajador ya se encuentra legalmente en los EE. UU. (es decir, con una visa de trabajo), se presenta un ajuste de estatus junto con la petición de inmigrante. Si el ciudadano extranjero se encuentra fuera de los EE. UU., una vez aprobada la petición de inmigrante, USCIS enviará la petición a la embajada de los EE. UU. para su procesamiento consular.

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Para mas información:

  • www.dol.gov/agencies/eta/foreign-labor

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VISAS DE TRABAJO

Los extranjeros que deseen trabajar en los EE. UU. cuentan con varias opciones de visa. Las siguientes son las visas de trabajo más comunes:

  • H1B para profesionales con estudios en áreas especializadas (ingeniería, ciencias, etc.)

  • TN para profesionales canadienses y mexicanos.

  • P para atletas y artistas que desean ingresar a EE. UU. para participar en un evento específico

  • O para personas con una capacidad extraordinaria o excepcional.

 

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VISAS DE TURISTA B-1/B-2

Nuestra firma brinda los siguientes servicios relacionados con visas de turista:

  • Asistencia legal con la preparación de su paquete de solicitud de visa de turista. Esto incluye asesoramiento legal basado en sus circunstancias particulares, preparación de todos los formularios consulares requeridos y una entrevista simulada por video llamada para prepararlo para su entrevista consular.

  • También proporcionamos asesoría legal para solicitantes con negaciones de visa de turista,

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VISA B-2 PARA FINES MÉDICOS

¿Necesita ingresar a los EE. UU. por un período temporal para recibir atención o tratamiento médicos? En este caso necesitara tramitar una Visa B-2.

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VISAS E-2 PARA INVERSIONISTAS

La visa de no inmigrante E-2 permite a un ciudadano extranjero de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación ingresar a los EE. UU. para invertir en una empresa estadounidense ya existente o para abrir y operar una nueva empresa en los EE. UU.

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VISAS R-1 PARA TRABAJADORES RELIGIOSOS NO INMIGRANTES

La visa de no inmigrante R-1 permite a un ciudadano extranjero ingresar a los Estados Unidos temporalmente para trabajar por un mínimo medio tiempo (un promedio de al menos 20 horas por semana) como ministro o en una vocación u ocupación religiosa y ser empleado por:​

  • Asociación religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos;

  • Asociación religiosa que cuenta con un régimen fiscal exento, o

  • Asociación sin fines de lucro afiliada a una denominación religiosa en los EE. UU.

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Para ser elegible se debe haber sido miembro de una religión que tenga una Asociación religiosa de buena fe sin fines de lucro en los Estados Unidos durante al menos dos años previos a la solicitud de la petición.

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